CONTRATO DE FIANZA SOLIDARIA Conste por el presente contrato privado que suscriben uno de Fianza Solidaria que otorgan los señores (as) Morales Presentación, Juan, Identificado con D.N.I. N° 42093023 con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba, Morales Presentación, Víctor Identificado con D.N.I. N° 44930270, con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba, Alejo Morales, Ezequiel Identificado con D.N.I. N° 48337987, con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba Morales Tolentino, Edwin Identificado con D.N.I. N° 44880592, con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba, Morales Presentación, Mario Identificado con D.N.I. N° 80262569, con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba, Alejo Morales, José Identificado con D.N.I. N° 48562344, con domicilio real en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba, Todos comuneros residentes en el Caserío de san Miguel de Yarowilca, Comunidad de Chogobamba Distrito Churubamba, Provincia y Departamento de Huanuco, quienes en adelante se les denominarán LOS DEUDORES (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca); a favor del, INSTITUTO DE DESARROLLO DEL SECTOR INFORMAL DE HUANUCO, entidad a la que para los fines de este contrato, en lo sucesivo, se le denominará EL IDESI HUANUCO, con RUC. N1 20124632944, con domicilio en el jirón Abtao Nº 1147 Segundo piso, Huánuco, debidamente representado por su Gerente Doña Alicia Hidalgo Palomino, identificada con D.N.I. N° 22508027; cuya representación se encuentran inscritas en la Partida Nº 11000198, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Huánuco; a quien en lo sucesivo se le denominará EL IDESI HUANUCO; de acuerdo a los términos y condiciones siguientes PRIMERO.- Por el presente documento Los Deudores se constituye frente a IDESI HUANUCO en fiadores solidarios (Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca), incondicional y sin beneficio de excusión de los señores que se detallan en el encabezado, a quienes en adelante se les denominará como LOS FIADORES SOLIDARIOS, respecto de todas y cada una de las deudas y/u obligaciones directas e indirectas, por créditos directos en forma grupal, incluso por el vencimiento anticipado de los mismos, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, penalidades, gastos, tributos, tasaciones y primas de seguros pagadas por EL IDESI HUANUCO correspondientes a los bienes de propiedad de cada prestatario deudor (Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) y las costas y costos procésales, así como gastos de cualquier proceso judicial y/o extrajudicial irrogados por EL IDESI HUANUCO para hacer efectivo el cobro de las deudas de Los Deudores. SEGUNDO.- El plazo de la fianza solidaria que se otorga por el presente documento es indefinido y estará vigente hasta que sean canceladas las obligaciones a cargo de Los Deudores, asimismo, no podrá invocar su liberación mientras exista cualquier obligación a cargo de Los Deudores que no esté totalmente cumplida a satisfacción de EL IDESI HUANUCO. TERCERO.- Los Deudores renuncian en forma expresa al derecho otorgado por el artículo 1899º del Código Civil, por lo que en el caso de que EL IDESI HUANUCO exija en cualquier momento el cumplimiento por parte de Los Deudores de cualquiera de los términos y condiciones de las obligaciones descritas en la cláusula primera, no se perjudicará el derecho de EL IDESI HUANUCO, para exigir o demandar a Los Deudores con posterioridad a dicho cumplimiento. CUARTO.- Las partes dejan expresa constancia que, en cualquiera de los supuestos que a continuación se detalla, 4.1 Si Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) proporciona(n) información falsa a EL IDESI HUANUCO en su solicitud de crédito o en relación a la celebración del presente contrato, en cualquier otra documentación presentada o resulta falso lo manifestado con carácter de declaración jurada. 4.2 Si Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo San Miguel de Yarowilca) deja(n) de cumplir, total o parcialmente, según corresponda, con una cualquiera de sus obligaciones frente a EL IDESI HUANUCO. 4.3 Si Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) no informa(n) a EL IDESI HUANUCO de cualquier situación que razonablemente pudiera afectar su situación patrimonial, la recuperación de los créditos garantizados y/o la disponibilidad de sus bienes. 4.4 Si de un modo parcial Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) dejaran de cumplir alguna de las obligaciones que asume por el presente contrato frente a EL IDESI HUANUCO. EL IDESI HUANUCO podrá a su único y exclusivo criterio, en relación a cualquiera de las deudas y obligaciones de cargo de Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca), se trate de créditos directos, indirectos, contingentes o arrendamientos financieros, dar por vencidos sus respectivos plazos y exigir el íntegro de lo adeudado; dicho vencimiento anticipado operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial alguna, siendo suficiente que EL IDESI HUANUCO comunique su decisión a Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) mediante la remisión de una carta simple, quedando EL IDESI HUANUCO automáticamente facultado para proceder de inmediato a la cobranza de dichas deudas y obligaciones en contra de Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca). Asimismo, autorizan a EL IDESI HUANUCO a proceder contra los fondos (Ahorros dejados en custodia en el IDESI Huánuco de los Miembros del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca), valores u otros bienes que Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) mantengan en EL IDESI HUANUCO, quedando éste irrevocablemente autorizado a venderlos. Dichas facultades podrán ejercitarse contra cualquier cuenta, depósitos, fondos, valores y bienes que Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) mantengan en EL IDESI HUANUCO, sin previo aviso ni requerimiento alguno. Los Deudores y/o LOS FIADORES (Integrantes del Grupo Solidario San Miguel de Yarowilca) dejan constancia que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65° de la Constitución Política del Perú y las disposiciones pertinentes de la Ley de Protección al Consumidor, han sido debida y oportunamente informados de las condiciones aplicables a la peración a la que corresponde la entrega de este Título Valor, así como de las oportunidades, forma y modo en que EL IDESI HUANUCO podrá completar el mismo; habiendo sido también informados de las disposiciones del artículo 10 de la Ley de Títulos Valores y disposiciones complementarias de la Superintendencia de Banca y Seguros. QUINTO.- Los Deudores y/o LOS FIADORES SOLIDARIOS (Integrantes del Grupo San Miguel de Yarowilca) se someten a la ley peruana y a la competencia y jurisdicción de los jueces y tribunales del Distrito Judicial que elija EL IDESI HUANUCO, declarando como sus domicilios los indicados en la introducción del presente documento, donde se tendrán por bien efectuadas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales a que hubiere lugar. Cualquier cambio de domicilio, para surtir efectos, deberá ser comunicado a EL IDESI HUANUCO por escrito con una anticipación no menor a 15 días calendario. Huánuco, 12 de setiembre del 2013 Nombres, Apellidos y DNI de los Fiadores Solidarios Firma N° Nombres y Apellidos DNI N° 1 D.N.I. N° _______________________________________________________________ 2 D.N.I. N° _______________________________________________________________ 3 D.N.I. N° _______________________________________________________________ 4 D.N.I. N° _______________________________________________________________ 5 D.N.I. N° _______________________________________________________________ 6 D.N.I. N° _______________________________________________________________ EL IDESI